Plagas
en la facultad De
Medio Ambiente
Descripción:
Actualmente en la facultad de
medio ambiente y recursos naturales, hemos observado la presencia de una plaga
de roedores que comúnmente se ven en la noche, pasando de matera en matera
buscando alimento. La plaga se presenta cuando hay una superpoblación de estos
animales y que afecta directamente al ser humano. El daño puede reflejarse en
la salud o el bienestar, mediante la transmisión de enfermedades o la
generación de problemas sanitarios, de higiene o pérdidas económicas.
Causas de esta problemática:
Gracias a su gran velocidad
para procrear, las ratas son consideradas como plagas, estas tienen la capacidad de comenzar a procrear a partir
de los 3 meses de edad y pueden criar hasta cinco veces en un año, con un
promedio de 8 a 12 crías. Algunas de las causas que favorecen la aparición de
las ratas son:
- La mala gestión de las
basuras, depositándola en lugares inadecuados.
- La eliminación de residuos
alimentarios por el inodoro ya que estos residuos llegan al alcantarillado y
atraerán ratas.
- El manejo inadecuado de los
residuos de la cafetería y el aseo que se realiza en este lugar de la
universidad. El manejo inadecuado de las basuras también es causado por los
estudiantes ya que no saben hacer usos adecuado de las canecas.
- La universidad está rodeada
de zonas verdes, que son un lugar perfecto para que las ratas construyan sus
nidos y de esta manera se proliferen
- El estancamiento de aguas en
ciertas partes de la Universidad
Efectos y consecuencias de la problemática:
Los efectos mas representativos de las ratas sobre el hombre es que estas actúan como vectores de muchas zoonosis, es decir, enfermedades infecciosas transferibles entre especies.
Algunas enfermedades transmitidas por las ratas son:
- Hantavirus: esta se contagia al humano a través de las excreciones, saliva u orina de las ratas, y se contagia cuando el ser humano respira el aire en contacto con estas excreciones infectadas, aunque también puede contagiarse a través de una mordedura, o al estar en contacto con estos animales y llevar alguna de las partes que estuvo en contacto con la rata a la nariz o la boca.
- Leptospirosis: Se transmite
por la orina de las ratas, también con la heces y orina de perros y
vacas. El cuadro clínico que se presenta es similar a una gripe con
fiebre alta, escalofríos, sudoración, dolores de cabeza, dolores
musculares y en la región lumbar. En algunos casos se pasa a una
segunda fase con mayor gravedad se le denomina enfermedad de Weil y sus
síntomas son manifestaciones renales tales como niveles altos de
proteínas y presencia de sangre en la orina, lesión hepática que se
manifiesta por ictericia.
- Entre otras como la fiebre
por mordedura de rata, la salmonelosis, Teníais o la Triquinosis
El daño puede reflejarse en la salud o
el bienestar, mediante la transmisión de enfermedades o la generación de
problemas sanitarios, de higiene o pérdidas económicas.
Marco jurídico y normativo relacionado con la problemática analizada.
- MINISTERIO DE SALUD, DECRETO 775 DEL 16 DE ABRIL DE 1990
- PROYECTO DE LEY 19 DE 2010 SENADO.
En el presente se dictan medidas para la prevención, detección, control e investigación
de las enfermedades zoonóticas y se dictan otras disposiciones
De
obligatorio cumplimiento en todas las plantas donde se fabrique, procese,
envase, almacene y expenda alimentos.
Artículo 29. El Plan de Saneamiento debe estar escrito y a disposición de
la autoridad sanitaria competente e incluirá como mínimo los siguientes
programas: Programa de Limpieza y desinfección, Programa de Desechos
Sólidos y Programa de Control de Plagas.
Las plagas entendidas como
artrópodos y roedores deberán ser objeto de un programa de control específico,
el cual debe involucrar un concepto de control integral, esto apelando a la
aplicación armónica de las diferentes medidas de control conocidas, con
especial énfasis en las radicales y de orden preventivo.
Por el cual se reglamentan parcialmente los
títulos III, V, VI,VII y XI de la ley 9 de 1979 sobre uso y manejo de
plaguicidas
Capítulo I. Disposiciones generales y
definición
Artículo 1: Del objeto del control y
vigilancia epidemiológica: El control y vigilancia epidemiológica deberá
efectuarse con el objeto de evitar que afecten la salud de la comunidad, la
sanidad animal y vegetal o causen deterioro ambiental.